OSPJN (Obra Social del Poder Judicial de la Nación) ante la situación de emergencia por la Pandemia del brote de COVID-19, autoriza a las farmacias a que reciban recetas médicas que hayan sido enviadas a los afiliados a través de cualquier medio digital (e-mail, WhatsApp, etc).
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Las mismas deben conservar el formato habitual (Obra Social, datos del afiliado, fecha, firma y sello del médico, número de prestador).
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Tipos de recetarios: Serán válidos recetarios oficiales, Hospital Aleman, de médicos particulares, instituciones siempre que contengan membrete.
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Es requisito obligatorio que el afiliado concurra con la receta impresa a la farmacia.
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La farmacia podrá facturar con la fotocopia de la receta, y el afiliado o tercero interviniente deberá dar el conforme (firma, aclaración y DNI) en la fotocopia o bien en el ticket adjunto a la misma.
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Las recetas deberán ser validadas por IMED como cualquier otra receta.
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Dichas recetas serán válidas también para psicotrópicos y estupefacientes.
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Esta medida entra en vigencia desde 31/03/2020 al 13/04/2020. En caso de extender el plazo, les estaremos informando por este medio.
I74 – 2020 PODER JUDICIAL / RECETAS DIGITALES


