I109 – 2020 PODER JUDICIAL / RECETA DIGITAL

NOTA REMITIDA POR OSPJN (Poder Judicial de la Nación):
Buenos Aires, 20 de abril de 2020
Estimado Farmacéutico y Entidades Farmacéuticas:
OSPJN (Obra Social del Poder Judicial de la Nación)
Ante la situación de emergencia por la Pandemia del brote de COVID-19, autorizamos a las farmacias a que reciban recetas médicas que hayan sido enviadas a los afiliados a través de cualquier medio digital (e-mail, WhatsApp, etc).
Las mismas deben conservar el formato habitual (Obra Social, datos del afiliado, fecha, firma y sello del médico, número de prestador).
Tipos de recetarios: Serán válidos recetarios oficiales, Hospital Aleman, de médicos particulares, instituciones siempre que contengan membrete.
Es requisito obligatorio que el afiliado concurra con la receta impresa a la farmacia.
La farmacia podrá facturar con la fotocopia de la receta, y el afiliado o tercero interviniente deberá dar el conforme (firma, aclaración y DNI) en la fotocopia o bien en el ticket adjunto a la misma.
Las recetas deberán ser validadas por IMED como cualquier otra receta.
Dichas recetas serán válidas también para psicotrópicos Y estupefacientes.
Esta medida entra en vigencia desde 20/04/2020 y hasta nuevo aviso.  
I109 – 2020 PODER JUDICIAL / RECETA DIGITAL
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